Cartas de lectores: Blog "LA HISTORIA PARALELA"
Susana Sechi Directora de “La Historia Paralela”
Escribe Rolando Politi - Abogado
En mi condición de ciudadano me dirijo al señor Diputado para recordarle que ha sido electo por el pueblo, tanto por los propios partidarios como por los adversarios, en tanto y en cuanto es un representante del pueblo y el pueblo lo conforman todos sin excepción.
Ello lo lleva a tener una mesura que parece no contar y que el solo hecho de discrepancia con el fallo lo lleva a la amenaza, lo que siempre es un hecho deleznable e irrespetuoso para el orden institucional del cual tanto le gusta hablar.
Como se atreve a AMENAZAR a la Corte Suprema de Justicia por el solo hecho de dictar un fallo que pueda lesionar en alguna forma a la corporación de la cual es su abogado. Acaso no es una inmoralidad que como diputado intente hacerlo aunque por declaraciones (1), por el hecho de ser apoderado de la organización CGT.
Acaso su punto de vista no es contrario a los principios de libertad que todo ciudadano tiene de elegir a quienes los represente en cualquier estamento del estado.???
Evidentemente Ud. sufre de amnesia intelectual, acaso lo obnubila en sus conocimientos jurídicos el sobre que se le abona como honorarios. De otra forma no se puede entender, que quien es un estudioso de una rama del derecho, (laboral) haga manifestaciones de tamaña temeridad.
Más aún,“El abogado insistió con que son “opinables” los fundamentos del fallo de la Corte que declaró inconstitucional el artículo 41 de la Ley de Asociaciones Sindicales…” (2) ídem, es decir que el Dr. Recalde defendiendo los intereses de la CGT, sostiene lo contrario a lo dispuesto por la Suprema Corte de Justicia.
Entonces me pregunto colega???, si por el hecho de disentir con el fallo se puede utilizar la vía del juicio político, el Congreso solo se ocuparía de modificar la composición de la Corte mensualmente no le parece???.
No escapara a su conocimiento que mensualmente la Corte dicta numerosos fallos en las peleas jurídicas donde hay ganadores y perdedores. Ello significaría que cualquiera con un determinado poder mal utilizado, como pretende hacerlo Ud., hiciera trisas al Poder encargado de interpretar las normas legales y que no es otro que la Corte Suprema de Justicia.
Resultan baladí los argumento que “Hay que tener en cuenta que la Corte también es un órgano político y debe tener en cuenta que sus decisiones no están ajenas a lo que pase en el país. En momentos de suspensiones y crisis, este fallo no ayuda y muchos de sus fundamentos son por lo menos opinables”. Dr. Recalde Ud. olvida que la Corte Suprema es un Poder del Estado y es ajeno a la actividad política y que al actuar lo ha hecho dentro de lo dispuesto por al art.116 de la Constitución Nacional, más aún aplicando normas de derecho internacional que se encuentran integradas a nuestro cuerpo normativo.
Por lo tanto sabiéndolo un colega capaz lo invito a que se despoje del ropaje corporativista de la CGT y lo analice dentro del derecho de los trabajadores de ser libremente elegidos, más allá de si se encuentran o no afiliados.
Saluda a Ud con la consideración merecedora.
Rolando Politi
Abogado
DNI: LE.5597948
Email: polrolan@arnet.com - polrolan@yahoo.com.ar
"LA HISTORIA PARALELA"
http://www.lahistoriaparalela.com.ar/
- Blogger Comment
- Facebook Comment
Suscribirse a:
Enviar comentarios
(
Atom
)
0 comentarios:
Publicar un comentario