A estos jueces seguro que no los odia.

La Justicia sobreseyó a Luis D´Elía en la causa por la toma de la comisaría 24 de La Boca. El líder de la Federación de Tierra y Vivienda fue sobreseído este miércoles por la Sala I de la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal en la causa que investigaba la toma de la comisaría 24 de La Boca.

Las medidas fueron dictadas por la Sala I de la Cámara en lo Criminal Federal, que también favoreció con el cierre de la investigación al ex comisario de la Seccional 24 de la Policía Federal Cayetano Vicente Greco, el coordinador del comedor "Los Pibes", Angel Borello y Luis Alberto Bordón.

D’Elía, Borello y Bordón fueron sobreseídos por prescripción de la acción penal, luego de que los camaristas Eduardo Freiler y Jorge Ballestero recalificaran sus conductas, cambiando la imputación de "coacción" por la de atentado contra la autoridad, con pena menor.

Los otros delitos que se les atribuían, como lesiones leves, daño agravado y privación ilegítima de la libertad tienen una pena máxima inferior al tiempo trascurrido sin que se impulsara el sumario penal con un acto procesal capaz de interrumpir la prescripción y su correlato, la extinción de la acción penal.

"No pasa desapercibido a este Tribunal -expusieron los camaristas- que la extinción de la acción penal es concebida como una solución desalentadora, sobre todo frente a hechos de la importancia" como los ocurridos el 26 de junio de 2004, en esa seccional policial.

Ese día, D’Elía y un grupo de seguidores irrumpieron en la seccional 24 de La Boca y exigieron la detención de "Colchones" (luego se determinaría que era Juan Carlos Duarte) como autor del homicidio de Martín "El oso" Cisneros.

A Quantín, a Campagnoli, entonces secretario y subsecretario de seguridad interior de la nación, respectivamente, y a Greco, en cambio, les fueron revocados los procesamientos dictados en primera instancia.

Quantín y Campagnoli habían sido imputados de solicitar la intervención del juez federal Norberto Oyarbide en una cuestión en la que ya actuaba otro magistrado (María Angélica Crotto), ocultándole ese extremo al primero, y a Greco haber desobedecido la orden de ésta de desalojar a los intrusos de la comisaría.

La Cámara acotó que "las razones que motivaron la intervención del doctor Oyarbide, a partir de la solicitud que le realizaran los aquí imputados -cuando otro juez ya había ordenado medidas- en modo alguno pueden ser considerados como actos groseramente contrarios a nuestra normativa de forma" y Constitución Nacional.

"Ningún reproche pueden merecer, entonces, aquellos actos realizados de ’buena fe’ destinados a rechazar y poner fin a una situación de violencia desmesurada, y menos aún si a través de aquellos pretendía alcanzarse la protección de bienes jurídicos superiores que claramente se encontraban riesgo de ser dañados", agregó.

(4SEMANAS/TÉLAM)
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